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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas que regulan a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar


5.1.10 INFORMACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO

5 LIBRO V. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS

5.1 TÍTULO I: GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS C.C.A.F.

5.1.10 INFORMACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO

5.1.10 INFORMACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO.

En conformidad a lo contemplado en disposiciones anteriores, las principales finalidades de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar se refieren a impulsar el establecimiento de prácticas corporativas que les permitan cumplir sus funciones como entidades de previsión social, maximizando el bienestar de sus afiliados, velando por la transparencia en las operaciones y en la administración de dichas entidades; ampliar el conocimiento por parte del directorio de la gestión de los recursos del Fondo Social y establecer que los directorios implementen mecanismos para la resolución de eventuales conflictos de interés.

Asimismo, se estableció que los principios básicos bajo los cuales se debe regir el Gobierno Corporativo de la Caja de Compensación, son la autorregulación, transparencia y divulgación de información, protección del fondo social y control y auditoría interna.

A continuación, se imparten instrucciones a las C.C.A.F. para que remitan información respecto de sus actuales prácticas de buen Gobierno Corporativo y que velen por su sostenibilidad en el tiempo.

Se adjunta un Anexo N°1: Formulario de información de buenas prácticas de gobierno corporativo del Título I del Compendio de la Ley N°18.833, con un formulario de información que debe ser completado, suscrito y remitido a esta Superintendencia, por la C.C.A.F., a más tardar el 31 de marzo de 2022 y se construirá con la información con que se contaba en la entidad de previsión social hasta el mes de diciembre del año anterior.

Este Anexo N°1, previo a ser remitido, debe ser suscrito por todos los integrantes del directorio de la Caja de Compensación de Asignación Familiar.

Si la C.C.A.F. informa que cuenta con una determinada práctica o política, debe marcar la alternativa del recuadro respectivo, en caso contrario indicará en el recuadro pertinente que no la ha adoptado, debiendo indicarse en este caso la consideración o respuesta de la Caja para no hacerlo.

Finalmente, cada año y siguiendo la misma calendarización en cuanto a meses referida en los párrafos precedentes, se debe remitir la información que se solicita por medio del Anexo N°1.