Ley 5.427
Encabezado
Ley Núm. 5.427
ESTABLECE EL IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintiséis de Febrero de mil novecientos treinta y cuatro.-ARTURO ALESSANDRI. -Gustavo Ross.
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| Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
|---|---|---|---|---|---|
| 16/06/1961 | Circular 135 | Varios | Imparte instrucciones sobre Aplicación de la Ley N° 5.427 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, modificada por la Ley N° 13.351. | Ley 13.351Ley 5.427 | circular 135 |